El Tribunal de caso Astapa de Estepona cuestiona el origen del caso y anula las escuchas en las que se sustenta gran parte de la acusación

0
271
  • También archiva el procedimiento contra varios de los investigados, anula los autos de detención, algunos registros  y reconoce que no había “indicios mínimamente serios» que demostraran la infravaloración de convenios urbanísticos, que era la clave de toda la causa.

El tribunal de la Audiencia de Málaga, encargado de enjuiciar el caso Astapa, ha decretado la nulidad de las escuchas telefónicas que se autorizaron tanto en el Auto del 29 de marzo de 2007, como en sus sucesivas prórrogas. La anulación de las llamadas, en las que se sustenta gran parte de la acusación, pone en jaque la investigación de este caso desde su mismo origen—primero policial y de la fiscalía, y después judicial —que se prolonga desde el año 2006.

En un amplio Auto de más de 200 páginas, al que ha tenido acceso esta redacción, el Tribunal considera que las escuchas telefónicas nunca debieron autorizarse porque la denuncia inicial no tenía sustento para adoptar una medida tan restrictiva de los derechos fundamentales. Para los magistrados las escuchas telefónicas no eran necesarias, ni idóneas, teniendo en cuenta los débiles indicios que aportaba la denuncia inicial; y, por tanto, no estuvieron justificadas.

Los magistrados hacen un exhaustivo análisis de la denuncia—que se presentó en la sede de la UDEF en Madrid, por los concejales David Valadez  y Cristina Rodríguez—destacando que el núcleo central de la misma se sustentaba en una supuesta infravaloración de los convenios urbanísticos que se estaban llevando a cabo en Estepona; para ello los denunciantes se basaron  en un informe que había realizado la empresa Codelsa. Pues bien, los magistrados indican que nunca hubo un informe de esa empresa—era imposible su existencia, pues esa empresa no se dedica a realizar valoraciones —. Lo que se aportó, dicen los jueces  “eran unos papeles sin autor conocido, sin firma, sin fecha, ni sello, que no tenían soporte documental, ni contenían razonamiento alguno para llegar a la conclusión de que el ayuntamiento de Estepona estaba infravalorando sus convenios”. Los magistrados indican que “no pueden atribuir a esos papeles la calificación de dictamen o informe técnico o pericial” y los definen como “unos papeles que alguien no identificado había dado a los denunciantes como soporte o pretendido sustento de su afirmación”. El Tribunal califica a esos papeles como “la clave de toda la causa”, subrayando al respecto que los mismos  demuestran que no se aportó  a la juez instructora nada que pudiera definirse como “un indicio mínimamente serio que sustentara que en Estepona se suscribían convenios urbanísticos con valoraciones deliberadamente bajas”, que era la base de la denuncia.

Pero es que además, como ha podido contrastar esta redacción, los convenios que según esos papeles se habían infravalorado, eran de planeamiento, y en ese tipo de convenios nada hay que valorar; por tanto, no podía existir en ellos infravaloración alguna. Sobre toda esta cuestión hay que resaltar además que algunas defensas ya manifestaron en las cuestiones previas que esos supuestos “papeles de Codelsa”, como los llama el Tribunal, fueron introducidos de manera ilícita en la causa y posteriormente fueron manipulados por la policía, lo que podría conllevar  la nulidad  de toda la causa. Sobre esta grave cuestión los magistrados admiten que no saben cuándo, ni quién, incorporó esos papeles a la causa, a pesar de que supuestamente sustentaban la denuncia inicial interpuesta ante la UDEF, y señalan que contienen errores groseros. Hasta el punto de que en algún caso incluso, el convenio denunciado ni siquiera había sido aprobado o era un simple borrador.

Igualmente, en el extenso Auto, los magistrados hacen también un exhaustivo análisis del Informe  de la UDEF,  nº  27.300, del 27/3/2007, que fue el detonante de este caso, de la denuncia de la Fiscalía que se produjo al día siguiente de recibir el citado informe y del Auto que provocó las intervenciones telefónicas, dando un fuerte varapalo a los tres ( al informe de la policía, a la denuncia de la fiscalía y al Auto de la juez) ya que el Tribunal concluye diciendo que la policía copió lo que decían los denunciantes, el fiscal copió a la policía, y la jueza copió al fiscal, sin que ninguno de ellos comprobase si existía ese supuesto informe de la empresa CODELSA.

A todo ello, hay que añadir que sobre este caso hace ya tiempo que planea la sombra del comisario Villarejo, que como es sobradamente conocido tenía fuertes intereses en el urbanismo de nuestra localidad, donde se encuentra la mayor parte de su enorme patrimonio. A este respecto, cualquier ciudadano puede comprobar, simplemente pinchando algunos audios en YouTube— o revisando nuestra hemeroteca—el importantísimo papel que desempeñó el comisario en este caso, tanto desde su inicio como en su posterior desarrollo, participación que ha sido reconocida por el propio comisario en el Congreso de los Diputados.

Por otra parte, el Tribunal  ha acordado también el archivo de la causa respecto a cuatro de los procesados —los hermanos José María y Juan Antonio Pérez Torrecillas, Dª María Macías Umbría y Dª  Rosario Martínez Macías— y ha anulado los registros en el domicilio de Andres Flores Gómez y también en las sedes sociales de las mercantiles Eleven Desarrollos Inmobiliarios S.L. y Unherme S.L.

Además, el Tribunal ha declarado nulas las detenciones de la entonces edil Marisa Rodríguez, del técnico, Xavier Witmeur  y de José Flores— jefe de gabinete de A. Barrientos—; y también ha declarado nulos los autos de prórroga de detención  del propio Antonio Barrientos y de José Flores.

Igualmente, el Tribunal ha eliminado el delito de cohecho para varios de los procesados, entre los que figuran—Severiano López, Jaime García, Ángel González y Xavier Witmeur— y también elimina un delito de cohecho de José Flores y de Armando Pérez, respectivamente, si bien todos ellos continuarán en el proceso por el resto de los delitos por los que los acusa la Fiscalía.

Varias defensas consultadas por esta Redacción han manifestado, después de analizar el Auto emitido por la Audiencia Provincial de Málaga, que seguirán luchando para conseguir la nulidad de la causa, porque aseguran que la misma es nula en su totalidad, con Villarejo o sin Villarejo, ya que está viciada desde su propio origen, como de alguna manera ha reconocido el Tribunal en su Auto.