El 57% de los menores andaluces con medidas de protección está acogido por una familia

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El acogimiento familiar es la medida protectora más extendida en Andalucía, ya que el 57% de los 6.416 menores con medidas de protección (guarda o tutela) que hay en la comunidad autónoma está acogido por una familia. En el caso de la provincia de Málaga, el porcentaje es aún mayor, ya que están en acogimiento familiar el 80% de los 1.027 menores que tienen una medida de protección.

La consejera para la Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro, ha expuesto estos datos en la presentación de una campaña de sensibilización en Málaga dirigida a captar familias para el programa de acogimiento de urgencia, una modalidad dirigida específicamente a niños de hasta seis años de edad, a los que se pretende evitar el ingreso en un centro cuando es necesario decretar una medida de protección.

En Andalucía hay un total de 3.658 menores con medidas de protección que están acogidos en familias, según datos de 2009, de los cuales el 80% -2.944- se encuentra con su familia extensa (tíos, abuelos, hermanos, etc.). En la provincia de Málaga, hay 828 menores en acogimiento familiar, de los cuales el 78,8% -653- se encuentran con su familia extensa.

En la actualidad, el acogimiento familiar constituye uno de los instrumentos fundamentales del sistema de protección de la infancia en Andalucía para ejercer la función protectora de los menores en situación de tutela o de guarda. El acogimiento familiar es una medida de protección alternativa a la institucionalización, en la que un menor pasa a formar parte durante un tiempo de una familia distinta a la suya biológica, que le proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo psicosocial y una atención normalizada.

El acogimiento de urgencia es el programa más reciente que se ha implantado en toda Andalucía dentro de las modalidades de acogimiento familiar, y ha conseguido que en 2009 disminuyese un tercio el número de menores de dos años que tenían que ingresar en los centros por la aplicación de medidas de protección. El año pasado, se pasó de 321 menores de dos años internados a 224 en Andalucía, y se redujo de 101 a 44 en el caso de la provincia de Málaga.

Familias de urgencia disponibles

En la comunidad autónoma andaluza hay 58 familias disponibles para realizar un acogimiento de urgencia -10 de ellas en la provincia de Málaga-. Con esas familias, en 2009 se realizaron 105 acogimientos de urgencia de menores, un total de 286 desde que se puso en marcha el programa. En la provincia de Málaga, se llevaron a cabo el año pasado 13 acogimientos.

El programa de acogimiento de urgencia se realiza a través de las instituciones colaboradoras de integración familiar, como la Asociación Infania, que trabaja en Málaga y que ha presentado una campaña de sensibilización para fomentar este tipo de acogimiento y captar más familias. La iniciativa se va a llevar a cabo en colaboración con la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Actualmente, la Junta trabaja en Andalucía con 11 instituciones colaboradoras de integración familiar para el acogimiento de urgencia, entidades que cuentan con equipos de profesionales en el campo de la psicología, el trabajo social y el derecho. Igualdad y Bienestar Social destina este año más de cuatro millones de euros a subvencionar a estas entidades para todas las modalidades de acogimiento: simple y permanente.

A esta cantidad hay que añadir el presupuesto que destina a remunerar directamente a las familias de acogida, que en 2009 superó los 5,4 millones de euros -más de 931.000 euros en la provincia de Málaga- y los 14,8 millones en el cómputo global de los últimos tres años (desde 2007).

Perfil de las familias

La edad media de las personas acogedoras de urgencia es de 45 años, mientras que la de los niños al inicio del acogimiento es de seis meses. Además, el 75% de los acogedores forma un matrimonio, el 10% está viudo y el 7% soltero. En los hogares de estas familias viven un promedio de cuatro personas.

El acogimiento familiar es la convivencia e integración de un niño en una familia, extensa o ajena, cuando deben ser separados de sus padres o tutores, una medida que evita su estancia en centros de protección, les permite desarrollarse en una familia y mantener su vinculación con sus padres y hermanos. Por esa razón, el acogimiento familiar es incompatible con el acogimiento preadoptivo o la adopción, que conllevan la ruptura de vínculos del menor con su familia biológica.

Existen varias modalidades de acogimiento. El simple se aplica cuando se prevé una reinserción a corto plazo del menor con la familia biológica, y tiene un plazo máximo de dos años. En esta modalidad se incluye el acogimiento de urgencia. El acogimiento permanente se prevé cuando la situación de la familia biológica aconseja una integración más duradera con otra familia, y puede llegar hasta la mayoría de edad del menor.

Las familias acogedoras del programa de urgencia tienen que estar disponibles de forma permanente. Los menores son acogidos durante un periodo máximo de nueve meses por una familia que les proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo hasta que pueda volver con su núcleo familiar de origen o se le decrete la medida de protección más adecuada.